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TEEMICH resuelve 16 juicios de inconformidad confirmando la validez de elecciones municipales

Morelia, Mich., a 03 de Agosto de 2018. El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió esta noche 16 juicios de inconformidad promovidos por actores en contra de los resultados de los cómputos, de éstos, la mayoría se confirmaron con la declaración de validez de los comicios electorales y la entrega de las constancias de mayoría.

El TEEMICH confirmó los resultados electorales en los municipios de Múgica, La Piedad, Maravatío, Tuxpan, Cojumatlán de Regules, Lázaro Cárdenas, Erongarícuaro, Uruapan, Erongarícuaro, Huaniqueo, Sahuayo, Gabriel Zamora, Queréndaro, Tarímbaro, Jiquilpan, Zamora y Zitácuaro.

En este último juicio de inconformidad con número de expediente TEEM-JIN-63/2018 y TEEM-JIN64/2018 acumulado, el Pleno lo aprobó por mayoría con tres votos a favor de los Magistrados Ignacio Hurtado Gómez, Omero Valdovinos Mercado y José René Olivos Campos. Mientras que con dos votos en contra y particulares fueron de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa y de Salvador Alejandro Pérez Contreras.

El Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, consideró que se contaban con pruebas suficientes de violaciones procesales, trasgresiones de la veda electoral, además de cuestiones de uso de recursos públicos y de intervención de funcionarios municipales que debieron de sujetarse a la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos para no intervenir en los comicios locales.

Por su parte, el Magistrado Omero Valdovinos Mercado, quien propuso el proyecto al Pleno, expuso que una resolución que no se comparta en un proyecto a la consideración no conlleva a una violación o que no se estén atendiendo las normas garantes de la Constitución. Dijo que desde su punto de vista cada una de las pruebas que están en el sumario son pruebas técnicas y que son insuficientes para acreditar los hechos, “yo estoy convencido que los indicios analizados de su forma conjunta son indicios y éstos no acreditan los hechos que se señalan en la demanda”, expuso.

Por su parte, la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa, quien emitió su voto en contra y particular dijo que en esta elección municipal se tiene la característica que fue con escasa diferencia de votos entre el primero y  segundo lugar, equivalente al 0.25 por ciento, y que falta una semana para que el Instituto Nacional Electoral emita un dictamen por la Unidad de Fiscalización para verificar la causal de rebase de topes de gastos de campaña.

Finalmente, el Magistrado Presidente Ignacio Hurtado Gómez explicó que los actores en este juicio de inconformidad pretendían anular la elección municipal y no casillas, sin embargo, expuso que con los elementos presentados ante la ponencia que expone el proyecto, y con base a los criterios jurídicos no permiten la nulidad de la elección en este municipio.

Por otra parte, el TEEMICH resolvió el Procedimiento Especial Sancionador con el expediente TEEM-PES-35/2018, en el que se declaró la inexistencia de la transgresión a la normatividad electoral por parte del presidente electo de Maravatío, Michoacán.

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