Por Roberto Carlos Guevara
Morelia Michoacán a 19 de junio de 2024.- El diputado Fidel Calderón Torreblanca agradeció la buena disposición de sus compañeros diputados para aprobar por unanimidad la reforma al artículo segundo de la Constitución de Michoacán.
Esta iniciativa, que armoniza con la reforma del artículo cuarto de la Constitución Federal promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en 2019, reconoce el derecho de las y los michoacanos a acceder al bienestar. Específicamente, obliga al gobierno del estado y a los gobiernos municipales a colaborar con el gobierno federal para facilitar el acceso a los programas de bienestar.
Calderón Torreblanca subrayó la importancia de esta reforma, destacando que ya existen programas de bienestar que benefician a la población, pero ahora se establece una obligación constitucional para que los gobiernos municipales y el gobierno estatal trabajen conjuntamente con la federación.
Este mandato asegurará que cualquier administración en Michoacán, independientemente de quién esté a cargo, contribuya activamente a la implementación y operatividad de estos programas.
El diputado mencionó que esta reforma es oportuna debido a los nuevos programas anunciados por el gobierno federal entrante. Entre estos, se incluyen becas para todos los estudiantes de educación primaria y apoyos para mujeres mayores de 60 años, reconociendo su trabajo como cuidadoras en la cultura mexicana.
La cooperación obligatoria entre los niveles de gobierno facilitará la logística, como la creación de padrones de beneficiarios.
Calderón Torreblanca recordó que, en el pasado, la implementación de los programas de bienestar dependía de la voluntad política de los gobernantes locales. Algunos presidentes municipales colaboraron plenamente, mientras que otros no prestaron ni el apoyo mínimo necesario.
Con esta reforma, todos los futuros gobernantes estarán constitucionalmente obligados a cooperar en la materia de bienestar.
La aprobación de esta reforma representa un avance significativo para asegurar que los programas de bienestar lleguen de manera equitativa y eficiente a todas y todos los michoacanos. Además, establece una base sólida para la continuidad de estos programas, independientemente de los cambios políticos en el gobierno estatal y municipal.
La obligación de colaboración ayudará a sistematizar y formalizar la gestión de los programas, garantizando un acceso más sencillo y universal a los beneficios sociales.
En conclusión, la reforma constitucional aprobada en Michoacán no solo fortalece el marco jurídico para los programas de bienestar, sino que también garantiza una colaboración más estrecha entre los diferentes niveles de gobierno en beneficio de la ciudadanía.