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Súmele un pago más; Publican Decreto de verificación vehicular obligatoria en Michoacán

Con el argumento de tener un objetivo estratégico para la reducción de contaminantes, la mitigación del cambio climático y el cuidado de la salud de bienestar, en Michoacán se aplicará el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el año 2022, acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 4 de enero de 2022 y que entró en vigencia a partir del 5 de enero.

En la publicación, en el capítulo primero “De los vehículos automotores sujetos a la verificación vehicular” se establece en el Artículo 6º que este programa será obligatorio para los automóviles que circulan en el estado, conforme a lo previsto Artículo 56 de la Ley de Tránsito y Vialidad de la entidad, salvo las excepciones establecidas en el programa como las motocicletas, vehículos acuáticos, los de servicio social y con placas para personas con discapacidad, por mencionar algunos.

En el caso de los Centros de Verificación se recalca que solo deberán prestar el servicio exclusivamente en el domicilio autorizado, en apego a la normatividad aplicable y en los horarios establecidos por la Secretaría de Medio Ambiente.

En la publicación se detalla en la Sección IV “De la verificación Vehicular Tipo Local, se explica que ésta será únicamente válida en el estado de Michoacán, que se efectuará a través de la emisión de certificado con holograma tipo “L”, a todos aquellos automóviles que no sobrepasen los límites máximos permitidos para la circulación estatal y que no cuenten con holograma vigente de otras entidades federativas.

Además, se precisa que la verificación vehicular para el Holograma L se deberá realizar anualmente de acuerdo a un calendario establecido conforme al último dígito numérico de la placa, es decir, durante enero, febrero marzo y abril, los que tengan una placa con terminación en 5 y 6, en marzo, abril, mayo y junio con terminación 7 y 8, los de 3 y 4 en mayo, junio, julio y agosto, mientras que los de terminación 1 y 2 tendrán que hacer el trámite en julio, agosto, septiembre y octubre, por último, los que tienen placas que terminan en 9 y 0, lo harán en septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

El costo por el servicio de verificación vehicular será de acuerdo al resultado obtenido y conforme a la tabla publicada en el acuerdo, que es de 3 UMA por el Holograma L y una UMA por la constancia de Rechazo.

Pero también en el acuerdo se establecen estímulos del 15%, 10% o del 5% a aquellos que verifiquen su vehículo dentro del primer, segundo y tercer mes, respectivamente.

A los vehículos que usan gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo u otro combustible alterno, que no pasen la prueba de emisiones se les emitirá una constancia de rechazo, que tiene el costo de una UMA, pero se podrá realizar de nuevo la prueba después de 12 horas entre cada intento.

Asimismo, en la Sección V “De la verificación vehicular homologada”, precisa que esta tendrá un reconocimiento en la Ciudad de México y Estado de México, la cual tendrá que ser de manera semestral en los centros de verificación autorizados y conforme al último dígito de su placa y tendrá un costo de 4 UMA ($384.88) el Holograma 1 y 2, 5 UMA ($481.1) el Holograma 0 y el Holograma 00 será de 10 UMA ($962.2).

En el acuerdo se menciona que la Dirección de Tránsito y Movilidad infraccionará a los conductores de los vehículos automotores en circulación que visiblemente emitan humo negro o azul, así como a quienes no porten el holograma L.

Las sanciones aplicables a los propietarios de vehículos en circulación, serán por los motivos y montos siguientes:

Multa equivalente de 15 ($1,443.3) a 20 UMAS ($1,924.4), por cada uno de los periodos que se haya incumplido, o por conducir vehículos automotores que estando incluidos en el Programa no se hayan verificado

Multa de 6 ($577.32) a 12 UMAS ($1,154.64), por conducir vehículos automotores que contaminen ostensiblemente

Multa de 25 UMAS ($2,405.5), por circular sin llevar adherida la calcomanía de verificación vigente.

El Acuerdo fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 4 de enero y entró en vigor el día 5 de enero, con una vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2022.

En la misma publicación se recalca en el que se recalca que «la aplicación del presente Programa podrá ser suspendida en casos fortuitos y cuando no se cuente con centros de verificación vehicular en condiciones de brindar el servicio».

Aquí puedes consultar el decreto íntegro: Verificación vehicular obligatoria 2022.

Fuente: mimorelia.com

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