Morelia; Michoacán, 04 de abril de 2017.- “El Estado debe velar por los intereses de la sociedad, de ahí la necesidad de establecer, desde la ley, que los oficiales del Registro Civil cuenten con el perfil idóneo para que el titular del Poder Ejecutivo pueda designarlos a desempeñar esta función tan trascendental, ya que en la actualidad se designan como oficiales a personas que no tienen el perfil jurídico necesario o que inclusive no cuentan con estudios superiores, en detrimento de los michoacanos usuarios de estos servicios públicos”.
Lo anterior lo señaló el diputado priísta Raymundo Arreola Ortega, al hablar de la iniciativa de reforma al artículo 19 de la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado de Michoacán, que este miércoles presentará ante el pleno del Congreso del Estado.
Arreola Ortega dijo que por la falta de una adecuada preparación y estudios profesionales de algunos Oficiales del Registro civil, existen errores en las actas que registran y documentos ilegales que no detectan afectando con ello a muchas familias dada la trascendencia y consecuencias jurídicas de estos documentos, lo que genera gastos innecesarios tanto para el Estado como para la población, ya que se recurre a juicios que resultan gravosos.
“Es por ello la necesidad y conveniencia de poner mayor interés en profesionalizar este ramo de la función pública; para que al momento que se designe a estos funcionarios cuenten con el perfil necesario y el conocimiento jurídico en el ejercicio de su función. Con esto se busca que los Oficiales se comprometan a realizar un trabajo de calidad y presten a la sociedad un excelente servicio”, dijo.
En su propuesta, el legislador por el distrito de Mújica adiciona dos párrafos al artículo 19 para especificar que para ser oficial del Registro Civil es necesario ser “licenciado en derecho, con título y cédula profesional debidamente registrados y contar con un mínimo de tres años de experiencia profesional”, ya que actualmente solamente se necesita “tener preferentemente nivel profesional”.
Además Raymundo Arreola propone que el oficial del Registro Civil deberá “tener residencia efectiva e ininterrumpida dentro del territorio del Estado, no menor a seis meses anteriores a la fecha del nombramiento”.