En la sesión pública virtual celebrada el día de hoy, voté a favor del proyecto de acuerdo plenario propuesto en relación con el incidente de incumplimiento de sentencia de los juicios ciudadanos TEEM-JDC-005/2020 y acumulados.
Ello, en razón a que en dicho proyecto se determina declarar el cumplimiento parcial por parte de Coordinación Nacional de Afiliación y Registro Partidario del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, así como dejar sin efectos la resolución dictada el 7 de julio por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del citado instituto político.
Determinaciones que considero se sustentan en que la autoridad responsable no cumplió con todos los aspectos ordenados tanto en la sentencia que resolvió el juicio en lo principal como en la resolución incidental de 12 de junio, en las cuales se ordenó la emisión de 644 registros, sin embargo, solo emitió pronunciamiento respecto a 515 ciudadanos; elemento que, invariablemente, debió tomar en consideración la autoridad responsable previo a emitir la resolución del 7 de julio; a fin de estar en aptitud de pronunciarse respecto de la totalidad de registros solicitados.
En consecuencia, ante el incumplimiento a lo ordenado por este órgano jurisdiccional y atendiendo a que previamente se apercibió al órgano partidista responsable que en el supuesto de no cumplir con lo ordenado se impondría como medida de apremio una multa, la cual cumple con los elementos de individualización de la sanción