JJROSALES

Necesaria clasificación jurídica y salvaguardar el debido proceso en la impartición de justicia de crímenes de odio, coinciden especialistas

 En evento académico virtual, representantes de asociaciones civiles y de la judicatura
local analizan características, factores e impacto de esta conducta delictiva

Morelia, Michoacán, 20 de noviembre de 2020. En el marco del Día Internacional para
la Tolerancia, que se conmemora el 16 de noviembre, el Poder Judicial de Michoacán
realizó por videoconferencia la Mesa de análisis: Crímenes de odio bajo la perspectiva
del Código Penal del Estado de Michoacán, en la que participaron diversos especialistas.

El evento académico virtual, desarrollado por la Unidad de Igualdad de Género,
Derechos Humanos y Derechos Indígenas de la institución, contó con la presencia de
más de 240 personas, entre ellas juezas, jueces, magistrados, magistradas, personal
de áreas jurisdiccionales y administrativas, profesionistas y estudiantes de Derecho.
En representación de la judicatura local, el juez de oralidad penal de la región Morelia
Mauricio Wilfrido Cruz Navarrete habló de la actuación de las y los juzgadores al
momento de resolver una controversia sometida a su consideración que involucra la
orientación o identidad sexual diversa de la víctima.

Explicó que los crímenes de odio se caracterizan por la presencia de prejuicios sociales
como el mismo odio o la intolerancia por parte de las personas agresoras que atentan
contra la dignidad y salud de quienes pertenecen a la diversidad sexual o a cualquier
otro grupo vulnerado.

El juzgador michoacano enfatizó la necesidad de salvaguardar el debido proceso para
garantizar la validez en sede judicial de los elementos y parámetros objetivos que
previa, durante y después del delito, permitan establecer la comisión del mismo con el
móvil de intolerancia en razón de género u orientación sexual o con las características
correspondientes a este tipo de hecho delictivo.

Para concluir su intervención, Cruz Navarrete detalló que la discriminación restringe el
acceso a los derechos civiles, laborales o de cualquier otra índole y que, con el actuar
de las y los juzgadores, en el Poder Judicial de Michoacán se materializan esfuerzos
para tener la capacitación adecuada sobre el tema y sancionar los crímenes de odio
aplicando los instrumentos internacionales y marcos normativos vigentes que rigen la
materia.

Durante su participación, Raúl Martínez Rojas, presidente del Colectivo Michoacán es
Diversidad, A.C., expresó que asociaciones civiles y colectivos de la entidad trabajan
junto a las instituciones involucradas para hacer efectivos los derechos humanos de la
población LGBTTTIQ+, a fin de recabar la información necesaria que permita identificar
las razones por las que un crimen se realiza en razón de la identidad u orientación
sexual.

El activista detalló que las acciones conjuntas están encaminadas al reconocimiento de
la categorización legal correspondiente y a concretar las modificaciones necesarias a los marcos normativos, para que quienes sean víctimas de crímenes cometidos en contra
de la diversidad sexual, puedan acceder a la justicia bajo las consideraciones jurídicas
que más privilegien sus derechos fundamentales.

Para finalizar la mesa, Alberto Hernández Ramírez, director general del Consejo Estatal
para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en Michoacán (COEPREDV),
habló del concepto de crimen de odio, delito motivado por sesgo o prejuicio respecto a
la víctima, relacionado con su orientación o género, que tiene por objeto causar daño.

Explicó que a este tipo de delito le precede un discurso de odio, rechazo a la
orientación sexual diversa y agresiones con el fin de lesionar los derechos de las
víctimas. Puntualizó que dicha conducta está tipificada por el Código Penal de
Michoacán en su numeral 21 y aclaró que los crímenes de odio no son exclusivos de la
orientación o identidad sexual, también se relacionan con las preferencias religiosas o
al origen étnico de las personas.

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