A un año del ejercicio de actividades de la administración universitaria
2019-2022 ha realizado esfuerzos en la contención del gasto
universitario.
La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, externa su compromiso
ineludible con la transparencia, rendición de cuentas y gobierno abierto en la
máxima casa de estudios del estado de Michoacán. Por normativa federal como
ente público descentralizado, mantiene de manera abierta para consulta al público
el sitio www.informacionpublica.umich.mx en el cual la información sobre el
estado de la administración universitaria está sujeta a consulta.
El Dr. Raúl Cárdenas Navarro, Rector de la UMSNH ha sido claro al señalar que
"La autonomía universitaria -como particularidad ineludible en las universidades
públicas-, no representará un obstáculo para el derecho de acceso a la
información pública, consolidando el ejercicio de rendición de cuentas y gobierno
abierto en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo"
Entre las acciones realizadas en apego al Plan de Austeridad y Transparencia,
presentado a la comunidad universitaria el 11 de febrero del 2019, destacan:
A) La reducción del salario de los puestos de los funcionarios de primer nivel en
un 10 %, en el caso de funcionarios como el Dr. Marco Antonio Landavazo Arias,
coordinador de la Investigación científica, el Tesorero de la Universidad
Michoacana, Dr. Rodrigo Gómez Monge, el secretario de Difusión Cultural, Dr.
Héctor Pérez Pintor, pertenecientes al Sistema Nacional de Investigadores de
CONACYT renunciaron a sus estímulos de la beca percibiendo solo el sueldo de
funcionario. Señalando que NO tienen medios tiempos como profesor e
investigador.
El Dr. Raúl Cárdenas Navarro, a su llegada a la rectoría de la Universidad
Michoacana dispuso de la reducción del único sueldo que percibe como
funcionario universitario, también, renunció al estimulo por la beca CONACyT al
ser miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SIN), lo que representó una reducción en sus percepciones salariales en un 40% a su llegada como Rector de
la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
B) De los Servicios Generales, los gastos relacionados con arreglos, servicios de
telefonía, renta de espacios para eventos, artículos promocionales, adecuaciones
de obra civil, remodelaciones o adecuaciones de instalaciones, obsequios, compra
de uniformes o vestuario sólo podrán ser adquiridos o contratados con
autorización del Rector o Contraloría y luego de ser plenamente justificados.
C) Prohibición de la creación de nuevas plazas académicas y administrativas, de
confianza, la contratación de personal eventual, por contrato y por honorarios
asimilables a salarios, adicional a la que existe al momento de la expedición del
presente programa, con excepción de las que habrá de destinarse para la atención
de nuevos programas e infraestructura y de aquellos proyectos financiados y
presupuestados de forma externa, siempre que se cuente con la disponibilidad
presupuestal correspondiente.
D) La instalación del Comité de Contabilidad Gubernamental en la UMSNH -dentro
de la administración 2019-2022-, el cuál entró en operaciones el 3 de julio del
2019 con la finalidad de transparentar, fortalecer la rendición de cuentas, así como
ordenar y hacer más eficiente el uso de recursos públicos con los que trabaja la
casa de Hidalgo; brindando informes trimestrales a la Comisión de Presupuesto y
Control del Consejo Universitario sobre el estado financiero que guarda la
Universidad para que lo analice y realice los comentarios que considere, sin
necesidad de esperar hasta el final del año.
E) El 4 de diciembre de 2019, ante legisladores federales integrantes de las
comisiones unidas de Vigilancia y Educación de la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, el titular de la Auditoría Superior de la Federación (ASF),
David Rogelio Colmenares Páramo, la directora General de Educación Superior
Universitaria de la SEP, Carmen Rodríguez Armenta, la Universidad Michoacana
de San Nicolás de Hidalgo hizo entrega de sus estados auditados del 2018 ante la
Auditoria Superior de la Federación.
Para el caso del monto de la remuneración de los funcionarios universitarios se
cumple con los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación
y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título
quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en
los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, la obligación
correspondiente a la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos
establecida en el artículo 70, fracción VII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual tiene un periodo de actualización semestral.
Como sujeto obligado, la Universidad Michoacana también participa en la
plataforma nacional de transparencia
https://www.plataformadetransparencia.org.mx/ para lo cual la Universidad
Michoacana invita a leer -con detenimiento- la información, sujeta a consulta de
manera abierta al público.