El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, publicó finalmente este jueves 15 de junio en el Periódico Oficial del Estado 5 reformas al Código Electoral de Michoacán, pero con fecha diferente a su aprobación por el pleno legislativo, de tal manera que entraron en vigor cuando todavía los diputados no las habían votado.
La presidenta de la Comisión Legislativa de Asuntos Electorales, Eréndira Isauro Hernández confirmó que las modificaciones fueron publicadas con fecha anterior a su aprobación por el pleno, y que incluso quedaron pendientes dos.
“Ya están publicadas las reformas electorales, salieron ayer aunque por ahí con detalles (…) La verdad salieron con fecha anterior”.
En total fueron 7 las reformas a la legislación electoral que fueron aprobadas por los diputados michoacanos entre el 30 de mayo, así como 1 y 8 de junio, pero solo 5 fueron publicadas, aunque en fechas diferentes.
De acuerdo a las publicaciones en el Periódico Oficial, el decreto 397 que se refiere a la reforma a la Ley de Justicia Electoral, en específico al juicio para la protección de los derechos político-electorales, fue aprobada el 30 de mayo.

Sin embargo, la modificación fue publicada hasta el 15 de junio pero con fecha del 2 de ese mismo mes, lo que posibilitaría su aplicación en el proceso electoral.
El mismo caso ocurre con el decreto 398, que se refiere a la Reforma a la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, para regular la integración de exfuncionarios en observatorios ciudadanos.

La modificación fue aprobada el 30 de mayo y publicada hasta el 15 de junio, pero con fecha de publicación del 2 de ese mes.
El Decreto 399, se refiere a una reforma al Código Electoral del estado, relativa a la participación de menores de edad en la publicidad de partidos y candidatos. La modificación fue aprobada el 30 de mayo, pero fue publicada el 15 de junio con fecha del 2 de ese mes.

El Decreto 400 publicó la Reforma al Código Electoral en tema de discriminación y discapacidad, que fue aprobado el 30 de mayo y publicado hasta el 15 de junio, pero con fecha de publicación del 2 de junio.

El cambio en la fecha posibilitaría que las modificaciones puedan aprobarse en el proceso electoral, ya que de acuerdo a la Constitución Federal, las reformas a las leyes electorales deben publicarse 90 días antes del inicio de los comicios, de tal manera que el plazo venció el 5 de junio pasado.
Sólo en el caso de las reformas al Código Electoral en materia indígena no aplicarán durante los comicios, aunque también se simuló que se había publicado al menos 3 días antes de que aparecieran en el Periódico Oficial del Estado.
En el caso de estas modificaciones que otorgaron al Tribunal Electoral la atribución de conocer y resolver controversias de las comunidades indígenas con relación al ejercicio del presupuesto directo, entre otras, fueron aprobadas el 8 de junio, gracias a que los legisladores echaron a andar el reloj legislativo, de tal manera que la sesión que inició el 1 de ese mes, se postergó prácticamente una semana.
Sin embargo, el Decreto 407 señala que fueron aprobadas el 1 de ese mes y tiene fecha de publicación el 12 de junio, cuando fueron publicadas este jueves 15.

El Ejecutivo no publicó 2 reformas al Código Electoral: la del artículo 69, para que hubiera paridad de género al momento de designar al contralor del IEM, así como otra al mismo artículo para reforzar la Defensoría Pública del Tribunal Electoral de Michoacán.