Morelia, Michoacán.-“Existe la necesidad del robustecimiento de la Alerta de Discriminación y Violencia en el estado, a efecto de que el Ejecutivo del Estado y las autoridades de cada uno de los municipios, por mandato legal, establezcan políticas públicas emergentes en caso de que se emita dicha alerta y proteger de manera específica y especial a las víctimas de la violencia y/o discriminación”, sentenció el diputado Raymundo Arreola Ortega, quien este jueves presentará ante el pleno del Congreso la iniciativa de decreto por el que se reforman los artículos 15 y 18; y se adicionan los artículos 14 Bis, 15 Bis, 16 Bis y 18 Bis, de la Ley Para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado de Michoacán de Ocampo.
Lo anterior, dijo, con el objetivo de establecer de manera clara los objetivos fundamentales con la emisión de la alerta y conformar un grupo multidisciplinario e interinstitucional, el cual dará seguimiento puntual de los programas implementados a efecto de que éstos sean efectivos en cuanto a la finalidad para la cual fueron creados.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso del Estado agregó que si bien es cierto que se estima adecuado que sea el titular del Poder Ejecutivo el que emita la alerta, también es cierto que se deja fuera del procedimiento a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, ya que es éste organismo constitucional autónomo es el que tiene conocimiento de las violaciones a los Derechos Humanos y en determinado momento sabe cuándo y dónde se están presentando de manera generalizada y sistemática las violaciones a los mismos, ya sea por discriminación o violencia.
“Sin embargo no se encuentra contemplada en la Ley como institución que pueda solicitar la declaratoria de alerta de discriminación y violencia o siquiera como autoridad que dé acompañamiento y supervisión para la eficacia de las políticas públicas emergentes encaminadas a erradicar esta conducta, aunado a que contempla de manera generalizada la Alerta pero no precisa en que consiste la misma, de ahí la necesidad de establecer en el marco normativo de manera clara y perfectamente delimitada los alcances de dicha figura emergente”, explicó el diputado por el Distrito de Mújica.
Al establecer el marco normativo, dijo, se dota de la fuerza necesaria al actuar del Ejecutivo y se da certeza jurídica para todos los gobernados de que existe un procedimiento bien delimitado para resarcir los daños ocasionados por estos fenómenos.
Recordó que en 2009 se publicó la Ley Para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado de Michoacán de Ocampo con el objetivo de cambiar la realidad de Michoacán en cuanto a los fenómenos de violencia y discriminación que privan en el estado, estableciendo una figura de emergencia cuando se presenta de manera significativa alguno de estos fenómenos que la propia ley pretende erradicar, como lo es, la Alerta de Discriminación y Violencia.