Morelia, Michoacán. Luego de dos periodos de más de 90 días que le fueron concedidos a Diego Urik, uno para preparar sus alegatos tras impugnar su codena y otro por haber cambiado de abogados una vez más y de última hora, este martes 31 de octubre se llevó a cabo finalmente la audiencia para que el acusado presentara los presuntos agravios que se cometieron en el juicio penal de primera instancia, en el que ya fue declarado culpable con una condena de 50 años.
Las palabras y petición del acusado no causaron sorpresa, pues el cambio de defensa a última hora ha sido una recurrente, sin embargo, lo que sí sorprendió fue que ante la petición de 35 días más para que la recién defensa estudiara el caso, fue negado.
El abogado de nombre Gustavo se presentó ante el magistrado y comenzó diciendo que no estaba en condiciones de actuar en la audiencia pues apenas tenía unos días revisando la carpeta de investigación y las horas de video del juicio oral.
“En caso de que usted magistrado acepte dar más tiempo, solicitaríamos que fuera menos de los 35 días, pues nuestra víctima tiene derecho a la justicia pronta y expedita”, señaló la licenciada Luz María.
A su vez la representante de Atención a Víctimas consideró que era excesivo el tiempo solicitado, “pues primero fueron 45 días luego otros 45 y para este momento es notoriamente una vulneración de los derechos de las víctimas” y cuestionó que si Diego no tuvo contacto desde el inicio con su abogado, desde ahí pudo solicitar el cambio.
“QUE NO PISOTEEN MIS DERECHOS POR RESPETAR LOS DE ÉL”
Al momento que le dieron la palabra a la señora Verónica Villaseñor, madre de Jessica, ésta dijo que el magistrado tiene el poder de “respetar los derechos de esa persona, sólo que los míos están siendo vulnerados, es claro que es un plan de ellos para retrasar todo, entiendo sus derechos, pero no sigan pisoteando los míos”, expresó.
NO HAY CERTEZA: MAGISTRADO
En la sala de oralidad número 13 del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, en el Cereso David Franco Rodríguez, el magistrado que lleva el caso en segunda instancia manifestó que está asignado para llevar un debido proceso y que anteriormente no hubo inconformidad en aplazar tiempo por el cambio de abogados, pero que esta vez “nos enfrentamos a otro aplazamiento, pero sin certeza de que no ocurra de nueva cuenta”.
Con lo anterior el magistrado explicó que se debía hacer un ejercicio de ponderación, es decir, colocar los derechos del sentenciado frente a los de las víctimas. Finalmente, la autoridad del tribunal no concedió el lapso de 35 días y solicitó que los representantes públicos que le son asignados por ley al acusado y que han seguido el caso, acudieran a la audiencia y se sumarán a la nueva defensoría privada.
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Ante lo anterior el magistrado explicó que de acuerdo con la ley y por las condiciones, estaba totalmente habilitado para resolver que era improcedente el recurso de revocación y de que la defensa pública diera continuidad.
Ante eso, declaró el inicio de la etapa de alegatos, no sin antes dar unos minutos para que se las partes se prepararan.
LOS ALEGATOS
Con una accidentada argumentación, la defensoría privada de Diego -recién nombrada- dijo que los agravios que consideraban se debían atender tenían que ver con la reclasificación del delito; supuestas anomalías en la muestra de sangre que le tomaron a Diego durante las investigaciones; la obtención supuestamente ilegal de cámaras de video; inviabilidad del hermano de la víctima durante su participación en el reconocimiento de Jessica en fotos durante el juicio y el teléfono encontrado de Diego.
Ante lo expuesto, la defensoría de la familia González Villaseñor, señaló que el acusado y sus múltiples bufetes de defensores que ha tenido, siempre han tenido acceso a la carpeta de investigación y que cuando se debió expresar inconformidades, no se hizo y que tuvo tiempo para impugnar.
El magistrado dio la palabra a Diego Urik, quien dijo que “le causaba ruido que no le dieran el tiempo solicitado”.
ENVIARÁN RESOLUCIÓN POR ESCRITO
El magistrado señaló que el código le establece que puede resolver de manera oral, de inmediato una vez que terminan los alegatos, pero que debido a la complejidad enviaría por escrito su fallo que confirmaría o no la condena de 50 años ya dictada al acusado.