El legislador presentará la iniciativa que reforma el artículo 17 de la Ley de Salud en el Estado a fin de ampliar el catálogo para los servicios de urgencias
“El Estado debe respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada”, afirmó el diputado Juan Manuel Figueroa Ceja, quien este miércoles, en sesión ordinaria, presentará ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa mediante la cual se adiciona un segundo y tercer párrafo al artículo 17 y se adiciona el artículo 17 “A” a la Ley de Salud en el Estado de Michoacán.
De acuerdo con el diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRI, dentro del catálogo prioritario de atención para urgencias médicas está el paro cardiorrespiratorio, taponamiento cardiaco, rotura de un vaso sanguíneo, hemorragia intra-abdominal, dificultad severa para respirar, traumatismo importante, apendicitis, desorientación e intoxicación.
Sin embargo, Figueroa Ceja considera que es necesario ampliar el catálogo de urgencias e incluir a las mujeres embarazadas para evitar muertes maternas ante los constantes casos de mujeres que dan a luz en los pasillos de los nosocomios por no ser atendidas a tiempo.
“Cada vez es más recurrente saber cómo mujeres a punto dar a luz, llegan a los nosocomios y no son recibidas, en muchos casos han tenido que parir en los pasillos de los mismos nosocomios, ambulancias, en vehículos, en domicilios particulares, siendo auxiliadas por las personas que se encuentren en su compañía, no contando con la intervención de un médico partero, en este sentido se deben ampliar los protocolos para la atención médica de urgencias, incluyendo a las mujeres embarazadas y con síntomas de parto, con esto se estaría reduciendo el riesgo por muerte materna y protegiendo la vida y salud de su hijo”, dijo.
Esta propuesta, agregó, tiene como fin el lograr que la atención médica de urgencias sea mucho más eficiente y oportuna en favor de la vida del paciente, ya que de su adecuada intervención, se puede salvar la vida o preservar el funcionamiento de un órgano vital, pero también propone que la atención de urgencias a una mujer embarazada o con signos de parto, esté dentro del catálogo de atención prioritaria e impostergable.
Cabe recordar que las urgencias médicas fueron implementadas por primera vez en los años 60 en Estados Unidos, después se desarrollaron las primeras residencias para preparar especialistas en este campo. Más tarde, este concepto y sistema de organización fue introducido a México, desarrollándose progresivamente.