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Afirma Erik Hernández Rauda que ampliar el catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, es un retroceso para el sistema de justicia penal

Morelia, Michoacán, 8 de septiembre de 2017. “Endurecer las medidas cautelares y flexibilizar la vinculación a proceso representaría un retroceso para el sistema acusatorio adversarial oral porque se deja de lado el principio de presunción de inocencia”, afirmó el doctor en Derecho Erik Daniel Hernández Rauda al impartir la conferencia magistral Necesidad de reformar el nuevo sistema de justicia penal.

Al iniciar la charla -que forma parte de la Semana Jurídico-Cultural del Poder Judicial de Michoacán- Hernández Rauda reconoció que en el ámbito nacional existen diversas voces que pugnan por reformar el sistema de justicia penal y aclaró que las posibles modificaciones se pueden concretar en función de las competencias de cada operador jurídico.

Expresó que esta forma de impartir justicia incluye la visión de la parte ofendida y del imputado, quienes también manifiestan una opinión respecto de lo que es necesario modificar al proceso.

Añadió que existe la postura de la clase política que, a su consideración, adopta como bandera el sistema de justicia penal y la impunidad. En este sentido, la Comisión Nacional de Gobernadores (CONAGO) plantea modificar lo relativo a la prisión preventiva oficiosa establecida en el numeral 19 de la Constitución.

El catedrático y consultor indicó que de concretarse la modificación constitucional, se hablaría de un retroceso al nuevo sistema de justicia penal. “La propuesta de endurecer tanto las penas como las medidas cautelares, responde al pensamiento social para castigar con cárcel todos los delitos; la prisión preventiva oficiosa pertenece a un modelo de justicia inquisitivo”.

Señaló que a diferencia de la CONAGO, el Senado de la República contempla la posibilidad de modificar el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para ampliar el catálogo de delitos graves que ameriten prisión preventiva; también estudia ajustes al artículo 314 para que sólo se admitan datos de prueba y no medios de prueba a fin de agilizar el proceso.

Asimismo, al interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se habla de flexibilizar la vinculación a proceso, para que sólo sea necesaria la suposición razonada de la comisión de un hecho que la ley señale como delito, así como la probable intervención del imputado en él.  

A manera de reflexión y propuesta, Hernández Rauda se pronunció por realizar cambios al sistema penal oral en aspectos técnicos como el desahogo de pruebas y su plazo constitucional; consideró necesario revisar el procedimiento abreviado, ya que es un pilar fundamental para la despresurización del sistema penitenciario, debido a que actualmente sólo el ministerio público puede solicitarlo, cuestión que debe valorarse para que el imputado también pueda requerirlo incluso desde la primera audiencia y no al término de la investigación complementaria.

Finalmente, hizo un llamado para seguir sensibilizando a la ciudadanía sobre el sistema acusatorio adversarial oral y para simplificar el lenguaje jurídico durante las audiencias.

 

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