Morelia, Michoacán, 2 enero de 2018.-A nivel nacional 2018 depara para los trabajadores asalariados del sector público y privado un total de 9 días de descanso reconocidos por la ley.
Y es que según reza el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo, los empleados tienen derecho a tomarse, sin temor a represalias, los días de descanso estipulados, en tanto que si los obligan a trabajar, el dueño o patrón deberá pagar a quienes le apoyen en estos días, dos veces los ingresos que percibe por día.
Para beneficio de los trabajadores, se podrá planear el asueto en las siguientes fechas:
El Lunes 5 de febrero, cuando México célebre los 100 años de la Promulgación de la Constitución.
El lunes 19 marzo se suspenderá en lugar del día miércoles 21, cuando se cinmemorará el natalicio de Benito Juárez.
El día miércoles 1 de mayo: se descansará por paradógicamente ser el Día del Trabajo.
Mientras el Martes 15 de mayo se celebrará con bombo y platillo el Día del Maestro, fecha en que los alumnos de nivel básico, no reciben clases.
Posteriormente, el domingo 16 de septiembre se celebra el aniversario de la Independencia de México pero como cae en fin de semana, no se añade un día que lo sustituya.
Para celebrar las tradiciones mexicanas, el viernes 2 de noviembre tampoco se trabajará, ni habrá bancos.
El lunes 19 de noviembre: será el «puente» por el 108 aniversario del comienzo de la Revolución Mexicana.
En tanto que el sábado 1 de diciembre se realizará la toma de protesta de quien gane las elecciones para presidente de la República, es un día oficial no laboral.
El martes 25 de diciembre, será de nuevo la celebración de Navidad.
Y el martes 1 de enero de 2019, habrá una nueva fecha que será el pretexto ideal para festejar, se trata del Año Nuevo.
La Semana Santa se realizará del 26 de marzo al 6 de abril.
El 29 de marzo, se ha estipulado que será Jueves Santo, y el 30 de marzo, viernes Santo.
Disfrute cada momento con los suyos aunque el trabajo sea intenso.